QUÉ DEBES DECLARAR Y QUÉ NO SI ERES AUTÓNOMO
Declarar gastos como deducibles cuando en realidad no los son puede provocar inspecciones y por consiguiente la obtención una sanción. Para no caer en errores y evitar problemas con Hacienda, en este post te contamos qué gastos no puedes deducirte del IRPF e IVA este 2018.
PRINCIPALES REQUISITOS PARA DEDUCIRSE GASTOS
La Agencia Tributaria marca tres requisitos básicos que se tiene que tener en cuenta en la contabilidad:
- Los gastos han de estar causados por la actividad económica que se realiza como autónomo.
- Los gastos han de estar justificados a través de facturas, aunque a veces también se aceptan recibos.
- Los gastos tienen que registrarse en la contabilidad.
GASTOS QUE NO TE PUEDES DEDUCIR COMO AUTÓNOMO
La Agencia Tributaria en su web nos informa de los gastos que no son fiscalmente deducibles, donde se incluyen también los del IRPF. Las principales partidas que no se pueden deducir son:
- Multas y sanciones: además de las multas y sanciones, tampoco podrás deducirte los recargos que contraigas por presentar las declaraciones de Hacienda fuera del plazo.
- Donativos y liberalidades.
- Las pérdidas de juego.
- Gastos que se tengan con empresas o personas que residan en paraísos fiscales.
- IVA soportado que te hayas deducido en la declaración trimestral del IVA.
GASTOS NO DEDUCIBLES EN EL IRPF
Hay algunos gastos que no se pueden deducir por la imposibilidad de Hacienda de demostrar su vinculación con la actividad económica que se lleva a cabo. Estos gastos que no puedes deducirte son:
- Suministros de la vivienda que está vinculada con la actividad: hasta el momento podías deducirte en su totalidad las facturas de los suministros siempre que se demostrara su vinculación. Pero con la nueva reforma en la Ley de autónomos, se permite deducirse el 30% de las facturas.
- Telefonía: en el caso de tener dos líneas, una particular y otra profesional, se podrá deducir sólo la última.
- Vehículo: solo se podrá deducir si se puede demostrar que el vehículo es para uso exclusivo laboral. Por ejemplo es el caso de transportistas de mercancía, de viajeros, de desplazamientos de agentes comerciales, etc.
GASTOS NO DECUDIBLES EN EL IVA
Al finalizar el trimestre, podrás deducirte el IVA soportado como autónomo. Sin embargo no podrás deducirte el IVA en los siguientes casos:
- No tener una factura del gasto: solo se admitirá una factura simplificada en el caso de que la operación tenga un valor inferior a 400 euros o deba expedirse una factura rectificativa.
- Si la factura se emitió hace más de cuatro años, se pierde el derecho a declararla, al igual que en el IRPF.
Puedes informarte mejor de las limitaciones y exclusiones de la deducción de los impuestos en la Ley del IVA.
No olvides comprobar las deducciones que puedes aplicar a tus gastos para evitar problemas con Hacienda.