¿Cuál será la cuota reducida de ingresos por tramos para los autónomos?

La última propuesta para la reforma de la Ley del trabajador autónomo propone la reducción de su cuota en tasas de Seguridad Social para los trabajadores que tengan ingresos mínimos. Esta propuesta ha sido llevada a la Subcomisión RETA del congreso de los Diputados para su estudio.

 

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Según los ingresos que reciba el autónomo, se ha propuesto que la cuota se pueda adaptar a los ingresos reales del trabajador que no pueda afrontar el pago de los 275 euros de cuota mensual.

Esta propuesta se concibe en dos líneas de actuación:

  1. Cotización por ingresos: el 80% de los autónomos cotizan por lo mínimo, por tanto, la cotización en función de los ingresos reales favorece a aquellos trabajadores que tienen ingresos mínimos y van ajustados en el pago de la cotización mensual.
  2. Cuota reducida para trabajadores con ingresos mínimos: en la misma línea de lo anterior citado, esta medida propone ser una salida para aligerar la carga administrativa del emprendedor e impulse su actividad. Esto también se propone como una medida de reducción de la economía sumergida. Según los últimos datos publicados por la Agencia Tributaria, el salario medio del autónomo apenas ronda los 750 euros, de ahí que se vea necesario la reducción de la cuota para aquellos que ingresen menos de 900 euros mensuales.

Por el momento es se trata de una medida en negociación, pero lo que sí pueden hacer los empresarios autónomos según la legislación vigente es realizar un cambio de base en dos momentos al año.

El primer plazo se encuentra entre el 1 de enero y el 1 de abril, con efectos a 1 de julio. Y el segundo, hasta el 1 de noviembre con efectos del 1 de enero del año siguiente.

Pero por lo pronto, son medidas que se pretenden llevar a cabo al inicio del 2018 con la posibilidad de cambiar las cotizaciones en función de los ingresos reales en cuatro ocasiones en vez de dos. 

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