La documentación contable que puede pedir Hacienda a tu empresa en cualquier momento
En el marco del Plan de Control Tributario, la Agencia Tributaria lleva a cabo inspecciones periódicas y/o rondas de comprobación o verificación de datos fiscales, mediante una notificación previa in situ, por correo ordinario o vía electrónica. Con todo, en este tipo de procesos administrativos que están fundamentados en la detección de una irregularidad concreta o fraude a las arcas públicas, pueden iniciarse por sorpresa mediante la personación del inspector en las propias oficinas.
Por ello, es clave tener en orden y debidamente actualizado las declaraciones de años anteriores – puede solicitar información de hace más de diez años- autoliquidaciones o justificantes relativos a cualquier tributo.
En el área contable, la AET puede solicitar también los libros contables -Libro Diario y Libro De Inventarios o cuentas anuales- En este debe incluirse el balance de situación, cuenta de resultados, memoria, estado de cambios de patrimonio neto y Estado de Flujos de Caja.
Asimismo, el empresario está en la obligación de conservar y facilitar facturas recibidas, copias o matrices de las facturas expedidas, justificantes contables de operaciones e inversiones y documentos acreditativos del pago de impuestos.
En especial, se debe tener especial atención en los libros de registro del IVA. Otros de las solicitudes más comunes es la entrega de los libros de registro del IVA o IGIC con la correcta complementación de las facturas expedidas, recibidas, bienes de inversión y operaciones intracomunitarias.
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